La división de la propiedad es a menudo uno de los asuntos más controvertidos en un asunto de derecho de familia. En los procedimientos de divorcio de California, la propiedad se divide en dos tipos: propiedad comunitaria y propiedad separada.
La propiedad comunitaria es generalmente cualquier cosa adquirida por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio. Los obsequios a un solo cónyuge o las herencias a un solo cónyuge son las excepciones a esta regla y se consideran propiedad separada del destinatario. A falta de un acuerdo en contrario entre las partes, la propiedad comunitaria se divide en partes iguales en California.
La propiedad separada generalmente es cualquier activo adquirido antes o después de su matrimonio. Su propiedad separada es suya y, por lo general, no es necesario dividirla.
Aunque las definiciones de propiedad separada y propiedad comunitaria pueden parecer sencillas, los jueces de derecho de familia de California a menudo tienen amplia discreción para determinar si un activo es su comunidad o su propiedad separada, especialmente si la comunidad y los activos separados se mezclan durante el matrimonio o si el carácter de ciertos bienes se cambian durante el matrimonio. Para tener la mejor oportunidad de asegurarse de que sus intereses inmobiliarios se resuelvan de manera justa, es fundamental contar con un abogado experimentado de su lado.
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